Menéndez & Asociados Abogados SLPMenéndez & Asociados Abogados SLP
Menu
esNot Translated
es
  • Home
  • La firma
  • Equipo
  • Áreas de práctica
  • Blog
  • Contacto

¿Deben los concesionarios de agua satisfacer el canon hidroeléctrico?

  • Home
  • Blog
  • ¿Deben Los Concesionarios De Agua...
canon

¿Deben los concesionarios de agua satisfacer el canon hidroeléctrico?

CategoriesBlog / General

23 marzo, 2022

Share this post

Nuestros compañeros Núria Vilà y Víctor Osuna han publicado un artículo en el medio iAgua acerca del canon hidroeléctrico y si debería seguir existiendo teniendo en cuenta la nulidad declarada por parte del Tribunal Supremo el pasado 2021.

El controvertido canon hidroeléctrico, creado por el artículo 112 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), es de aplicación en las cuencas hidrográficas intercomunitarias, esto es, aquellas administradas a nivel estatal. Según el apartado 2 del referido artículo 112 bis del TRLA, el devengo del canon tiene lugar con el otorgamiento inicial y la conservación anual de la concesión hidroeléctrica y es aplicable en los términos indicados en las circunstancias de tal concesión.

Concretamente, se anularon la disposición transitoria segunda –que anticipaba la exigencia retroactiva del canon para los años 2013 y 2014– y el párrafo segundo de la disposición adicional primera –que consideraba su pago incluso aunque los títulos concesionales no contuvieran tal obligación–. Lo que explícitamente declaró el Tribunal Supremo es que “no es exigible el canon hasta la revisión de las concesiones previas [a la entrada en vigor de la Ley 15/2012] o el otorgamiento de las nuevas”.

Las diferentes sentencias emitidas por el Tribunal Supremo dieron pie a la posibilidad de «solicitar la devolución de las cantidades ingresadas indebidamente en concepto del canon hidroeléctrico

En este artículo, Nuria y Víctor plantean el interrogante de si debería de seguir abonándose el canon para cuya respuesta es necesario diferenciar tres grupos distintos de concesiones. Estas tres distinciones siguen la coherencia establecida por la sentencia del Tribunal Supremo del 2021 y la normativa vigente a día de hoy.

Si desea conocer qué tipos de concesiones no tienen la obligación de pagar el canon hidroeléctrico y cuáles si que se ven forzadas a presentar las autoliquidaciones, las cuales deben presentarse antes del final de marzo, puede leer el artículo completo, publicado en iAgua, haciendo clic aquí.

Search

Categories

  • Blog
  • General
  • Jurisprudencia
  • Medios
  • Novedades legislativas

Teléfono

93 546 33 46  

Correo

info@menendez-abogados.com

Dirección

Avda. Diagonal, 419 4º 1ª 08008 Barcelona

© 2021 Menéndez & Asociados Abogados SLP, Todos los derechos reservados - Nota Legal - Política de privacidad - Política de cookies


Utilizamos cookies propias y de terceros para el buen funcionamiento de nuestra página web y personalizar el contenido. Al pulsar el botón "ACEPTAR" consiente dichas cookies. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, pulsando en política de cookies
Configuración CookiesAcepto
Política de privacidad y cookies

Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Necesario
Siempre activado
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.
Non-necessary
Las cookies que pueden no ser particularmente necesarias para que el sitio web funcione y se utilizan específicamente para recopilar datos personales del usuario a través de análisis, anuncios y otros contenidos integrados se denominan cookies no necesarias. Es obligatorio obtener el consentimiento del usuario antes de ejecutar estas cookies en su sitio web.
GUARDAR Y ACEPTAR