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¿Puede la Administración poner coto a los vaciados de embalses?

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¿Puede la Administración poner coto a los vaciados de embalses?

CategoriesMedios / Novedades legislativas

3 mayo, 2022

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Nuestra compañera y socia, Núria Vilà, ha publicado un artículo en El Economista acerca del reciente RDL que modifica el artículo 55 del Texto Refundido de la Ley de Aguas en materia de vaciado de embalses y si esta intervención de la Administración podría suponer una afección para los concesionarios hidroeléctricos.

El pasado verano se produjo una situación polémica debido a la decisión de varios usuarios hidroeléctricos de presuntamente vaciar sus embalses en pleno pico de tarifas eléctricas. Por este motivo y bajo la justificación del carácter urgente y excepcional de esta coyuntura, la Administración ha introducido medidas para paliar las posibles repercusiones negativas del incremento de precios de gas y electricidad derivadas de esta controversia.

Hasta la fecha, la normativa preveía que con carácter temporal los Organismos de cuenca podían condicionar o restringir el uso del dominio público hidráulico para asegurar su explotación racional.  En la modificación del artículo existente, se intenta, primeramente, definir qué se entiende por “explotación racional”.

En este conjunto de medidas establecidas por el nuevo RDL, podemos apreciar que la justificación detrás del RDL y la finalidad original del artículo 55 de la TRLA son diferentes.

En términos de implicaciones para los concesionarios hidroeléctricos, esta nueva modificación podría suponer una vulneración de los derechos concesionales, dado que el régimen de vaciado y llenado de los embalses ya estaba siendo considerado en la normativa de aguas.

Esta posible afección dependerá de la decisión de las Comisiones de desembalse, las cuales fijan anualmente y de manera concreta el régimen de caudales mínimos y máximos a desembalsar, el régimen de volúmenes embalse para cada mes y la reserva mínima que deberá permanecer almacenada en cada uno de los embalses.

Si desea conocer cuáles son todas las novedades introducidas por el reciente RDL y las posibles implicaciones que traerá a los concesiones hidroeléctricos en materia de vaciados de embalses, puede leer el artículo completo, publicado en El Economista, haciendo clic aquí.

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