Contaminación atmosférica, acústica y lumínica
En la medida en que el derecho ambiental también ordena la contaminación atmosférica, acústica y lumínica, en el bufete prestamos asesoramiento sobre el cumplimiento de los límites de emisión e inmisión de contaminantes a la atmósfera, la catalogación de focos contaminantes y el cumplimiento de las obligaciones periódicas. También somos especialistas en el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
Asimismo, tratamos la adecuación de las actividades a la normativa reguladora de la contaminación acústica, lumínica, por olores y en general asesoramos a Administraciones locales y a particulares y empresas en materia de ruidos.
En último término, los expedientes sancionadores derivados de la aplicación de esta normativa y la defensa letrada ante imputaciones de delitos ecológicos también son vertientes que se trabajan desde el despacho.
• Asesoramiento sobre la catalogación de los focos de contaminación atmosférica y sobre la adecuación a su normativa reguladora (en especial, aplicación de las mejores tecnologías disponibles en la fijación por la Administración de los límites de emisión e inmisión); cumplimiento de las revisiones periódicas.
• Asesoramiento sobre la adecuación a la normativa reguladora de la contaminación acústica y lumínica.
• Asesoramiento en la elaboración de ordenanzas municipales y de los mapas de capacidad acústica.
• Asesoramiento en el establecimiento de límites a la emisión de olores.
• Asesoramiento en expedientes de autorización de emisiones de gases de efecto invernadero, asignación, tenencia, entrega y registro de derechos de emisión y verificación y control de emisiones.
• Asesoramiento sobre los requisitos, autorizaciones y trámites establecidos para la producción, importación, exportación y uso de sustancias que agotan la capa de ozono.