Desde Menéndez & Asociados Abogados ofrecemos asesoramiento en la tramitación de los expedientes administrativos para la obtención de autorizaciones ambientales, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y las leyes autonómicas dictadas en la materia, incluyendo el control municipal de actividades: y en todo lo que se derive de la aplicación de este ordenamiento jurídico (régimen de inspección ambiental y sancionador, medidas cautelares y provisionales que afecten el ejercicio de la actividad, recursos administrativos etc.). Se incluyen, lógicamente, las consideraciones territoriales y/o urbanísticas y las declaraciones estratégicas.
También prestamos asesoramiento a los Ayuntamientos en la elaboración de sus ordenanzas en materia de control integrado y, en general, sobre las distintas cuestiones que plantea la normativa de aplicación (comunitaria, estatal y autonómica), incluyendo las relaciones con otras administraciones.
Asimismo, tratamos expedientes de declaración de impacto ambiental de proyectos de infraestructura y expedientes de autorización substantivas afectadas por la tramitación de la evaluación de impacto ambiental.
• Asesoramiento preventivo continuado a las actividades con incidencia ambiental.
• Expedientes de obtención o adaptación de autorizaciones de funcionamiento de actividades con incidencia ambiental al régimen jurídico de intervención y control integrados de la contaminación.
• Asesoramiento jurídico en la redacción y tramitación de los instrumentos de planeamiento, incluida la evaluación ambiental estratégica, en su caso.
• Incidencia de la normativa y planificación sectorial sobre la ordenación territorial y urbanística.
• Asesoramiento en la redacción de convenios de planeamiento.
• Expedientes de declaración de impacto ambiental de proyectos de infraestructuras.
• Asesoramiento en la elaboración de la ordenanza municipal en materia de intervención integral y, en general, asesoramiento a las entidades locales sobre la aplicación de esta normativa.
• Defensa frente a resoluciones administrativas de adopción de medidas cautelares y provisionales que afecten al ejercicio de actividades.
• Expedientes de aprobaciones de proyectos de infraestructuras y de autorizaciones sustantivas que deben tramitar, en paralelo, una declaración de impacto ambiental.
• Sanciones ambientales.