En fecha 9 de abril de 2020 ha entrado en vigor el Decreto Ley 11/2020, de 7 de abril, por el cual se adoptan medidas económicas, sociales y administrativas en el ámbito de los residuos para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19 y otras complementarias, publicado en la misma fecha en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 8107.
Mediante este Decreto Ley la Generalitat de Catalunya ha aprobado medidas económicas concretas destinadas a la actividad empresarial que afectan al ámbito de los residuos.
En concreto, las medidas adoptadas en el ámbito de los residuos consisten en:
• La ampliación del plazo de presentación y pago de las autoliquidaciones de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residus correspondientes al primer trimestre de 2020 hasta un mes a contar desde la fecha de finalización del estado de alarma (art. 2.c).
El Decreto Ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica (DOGC núm. 8089, de 19 de marzo de 2020), en su artículo 14 estableció la suspensión de los plazos de presentación e ingresos de los tributos propios de la Generalitat de Catalunya desde el 14 de marzo de 2020 y hasta la finalización del estado de alarma.
• La reducción del 50% en el tipo de gravamen del canon sobre la deposición controlada de los residuos industriales y del canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2020 (art. 3).
• Bonificaciones del 100% en el pago de las tasas por tramitación telemática de los documentos de control y seguimiento de los residuos (fichas de aceptación, hojas de seguimiento, justificantes de recepción de residuos), así como de las inscripciones telemáticas en el Registro general de personas productoras de residuos de Catalunya (art. 4). Hasta ahora la bonificación era del 60%.
• La disposición adicional sexta establece que los gestores de valorización de residuos de Catalunya (sección gestores y gestoras de residuos) o en trámite de inscripción, podrán solicitar a la Agencia de Residuos de Catalunya, hasta el 31 de diciembre de 2020, la devolución de las fianzas depositas en cumplimiento de las condiciones impuestas en la licencia o la autorización ambiental de la actividad. Esta disposición no es de aplicación a los depósitos controlados de residuos.
La Agencia ha estimado en 40 millones de euros el importe de las fianzas que se podrían devolver con esta medida.
Sin embargo, su aplicación no será automática, pues requiere la presentación de una petición por el gestor de residuos que deberá ser valorada por la Agencia de Residuos de Catalunya en cada caso. En la práctica, por tanto, habrá que ver qué criterios se establecen para liberar estos recursos.
Será necesario esperar para saber si una vez transcurrida la actual crisis sanitaria se pone fin a las medidas económicas adoptadas o si se mantienen en el tiempo, de forma que se reduzcan algunas de cargas económicas que existían antes en el ámbito de los residuos.