I. INTRODUCCIÓN
El objeto de esta nota es explicar la práctica de nuestro despacho en reclamaciones del impuesto del valor de producción de la energía eléctrica (IVPEE) creado por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre (LA LEY 22077/2012), de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. En su mayor parte, nuestros clientes son titulares de centrales hidroeléctricas, que están o estaban sujetos al régimen retributivo específico del artículo 14.7 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (LA LEY 21160/2013), del sector eléctrico (LSE) y la normativa que la desarrolla. En nuestro planteamiento, la regulación del IVPEE no se agota con la Ley 15/2012 sino que se completa con la regulación eléctrica.
Las reclamaciones se apoyaban inicialmente en las dudas que planteaba el impuesto con la Constitución y el Derecho de la Unión Europea.
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