Pasos hacia una economía circular: Novedades en materia de prevención de residuos en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular, que entró en vigor el pasado 10 de abril, presenta novedades importantes en materia de prevención de residuos, aspecto del que apenas se había ocupado la anterior regulación.
La nueva Ley dedica a las medidas de prevención un Título completo, destacando así su relevancia para la consecución de los objetivos que se exigen desde la Unión Europea, esto es, la reducción del impacto ambiental y en la salud humana de la generación y gestión de residuos y la transición hacia una economía circular y baja en carbono.
Con ello se pretende conseguir una reducción en peso de los residuos generados en un 13% en 2025 y de un 15% en el 2030 respecto a los generados en 2010. La Ley se remite a un posterior desarrollo reglamentario para el establecimiento de objetivos específicos para determinados productos, en especial, para los aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y acumuladores, textiles y muebles, envases y materiales y productos de construcción.
Entre las principales novedades, encontramos medidas de fomento y objetivos que se habrán de adoptar y desarrollar por las autoridades competentes pero también prohibiciones y obligaciones concretas directamente exigibles a los productores de residuos que, por tanto, habrán de adaptar sus procesos y logística a esta nueva regulación.
Una de estas medidas previstas es la prohibición de destruir o eliminar mediante depósito en vertedero los excedentes no vendidos de productos no perecederos (juguetes, textiles, aparatos electrónicos…) y la obligación de priorizar su reutilización mediante canales como la donación.
En la misma línea y para la prevención de residuos alimentarios, la Ley obliga a las empresas de la producción primaria, industrias alimentarias y empresas de distribución y restauración colectiva a priorizar la donación de alimentos y otros tipos de redistribución para consumo humano. Cabe esperar, además, que la prevención de residuos alimentarios sea objeto de una ley específica, al haberse aprobado recientemente por el Gobierno el Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario para su tramitación parlamentaria.
La nueva Ley de residuos también prevé medidas específicas para la reducción de envases de un solo uso, como el impulso de la venta a granel y el uso de envases reutilizables, lo que se traduce en la imposición de específicas obligaciones para establecimientos de alimentación y comercios minoristas de alimentación, hostelería y restauración.
La Ley se ocupa especialmente de la prevención de residuos de plástico de un solo uso, dedicando su Título V exclusivamente a las medidas y objetivos específicos para esta fracción de residuos. Se trata de prohibiciones de introducir en el mercado determinados productos de plástico; la obligación de cobrar al consumidor por la entrega productos de plástico tales como vasos y recipientes que contienen alimentos para su consumo inmediato; requisitos de diseño para los recipientes de plástico para bebidas; y requisitos de marcado.
A destacar también la creación de un impuesto novedoso en nuestro ordenamiento jurídico, que recae sobre la fabricación, importación y adquisición intracomunitaria de envases de plástico no reutilizables que contengan plástico (con determinadas exenciones). Este impuesto entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y pretende desincentivar el uso de este tipo de material.
Por último, también se introducen novedades en el régimen de responsabilidad ampliada del productor de productos, tales como la inclusión de las plataformas de comercio electrónico en el concepto de productores de productos y la incorporación de nuevos flujos de residuos dentro de dicho régimen (textiles, muebles y enseres, plásticos de uso agrario…).
Hemos de aclarar que la Ley únicamente establece los requisitos mínimos que ha de cumplir el régimen de responsabilidad ampliada y marca el calendario para su establecimiento y desarrollo normativo para los distintos flujos de residuos.
En este sentido, se encuentra en tramitación el proyecto de Real Decreto de envases y residuos de envases, que desarrolla el régimen de responsabilidad ampliada del productor para este flujo de residuos y prevé medidas adicionales para su prevención de la producción de residuos de envases. Su aprobación está prevista para finales de 2022. Tendrán que revisarse, asimismo, los regímenes previstos para otros flujos de residuos que ya tienen regulación propia (RAEE, vehículos fuera de uso, pilas…), para lo que habrá que esperar al 2023. Para los nuevos flujos de residuos, se prevé un plazo máximo de tres años para el desarrollo de los respectivos regímenes de responsabilidad ampliada.
Se prevé, además, la posibilidad de establecer mediante Real Decreto, una serie de obligaciones adicionales para los productores de productos que alcanzan la fase del diseño, así como la fabricación, régimen de garantía y devolución.
Habrá que estar pues, atentos a las distintas normas que se publiquen en desarrollo de las previsiones legales y que concretaran las distintas medidas contenidas en la misma.
En definitiva, se trata de pasos que pretenden avanzar en la transición desde un sistema lineal de producción y consumo y eliminación, hacia un modelo circular basado en la prevención en la generación de residuos, reutilización y alargamiento de la vida útil de los productos y, por tanto, hacia una economía sostenible y climáticamente neutra.
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Subproductos en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular (LRSC)